Por: Fabrina Acosta-Contreras

También disponible en la revista Enfoque Caribe

“Cuando una mujer entra en política, cambia la mujer. Cuando entran muchas cambia la política”. Michell Bachelet

Cuando se hace referencia a la participación de las mujeres en lo público, es fundamental reflexionar sobre los imaginarios sociales que estigmatizan los roles de las mujeres, su empoderamiento y el acceso igualitario a los derechos; si bien las mujeres son lideresas promotoras del cambio y su participación es fundamental para la gobernanza democrática, todavía tienen mucho camino por recorrer para conseguir la igualdad de representación en puestos de poder y liderazgo.

Tal como lo reconoce la CEDAW: “La participación de las mujeres en todas las esferas de la vida social, en igualdad de condiciones con los hombres, es indispensable para el desarrollo pleno y completo de un país” sin embargo en el mundo entero, ninguna sociedad ha logrado aun totalmente garantizar la plena participación de las mujeres, reconocer y potencializar su liderazgo y representar sus agendas y necesidades en las políticas públicas”.

La normatividad por sí sola, no es suficiente.

El concepto y los mecanismos para la participación se han ido ampliando y fortificando de acuerdo a cada etapa histórica. Es preciso mencionar que si bien, hace falta mucho para lograr la paridad en Colombia, se han originado leyes buscando normatizar la participación ciudadana.

  • Ley 134 del 1994: Reglamenta los mecanismos de participación ciudadana.
  • Ley 152 de 1994 Establece los Consejos Territoriales de Planeación.
  • la Ley 731 del 2002: Participación de la mujer rural en los órganos de decisión.
  • Ley 850 de 2003 Instituye las veedurías ciudadanas para ejercer vigilancia sobre la gestión pública.
  • Ley 581 de 2000:“Crear los mecanismos para que las autoridades, en cumplimiento de los mandatos constitucionales, le den a la mujer la adecuada y efectiva participación a que tiene derecho en todos los niveles de las ramas y demás órganos del poder público”
  • Ley 1475 de 2011: Reglas de organización y funcionamiento de los partidos y movimientos políticos, así como de los procesos electorales
  • Ley 1434 de 2011: Se crea la Comisión Legal para la Equidad de la Mujer en el Congreso.

Por esta razón, la autonomía de las mujeres es un factor fundamental para garantizar el ejercicio de sus derechos humanos y que el ingreso a los espacios de poder no sea manipulado por criterios patriarcales, desde los cuales, ellas deban cumplir directrices como “títeres” vulnerables a la manipulación.

En este sentido, se requiere accionar de manera real y contundente la normatividad, generar cambios de paradigmas culturales y considerar a las mujeres sujetas activas de derechos. La participación política, en igualdad de condiciones para mujeres y hombres, es un requisito que cobra fuerza como fundamental en el ejercicio de los gobiernos y en nuestro país aún nos hace falta lograr la paridad, no es suficiente con la ley de cuotas y seguimos en deuda con la real participación de las mujeres y el cierre de brechas que nos instalan en una condición de inequidad y desigualdad social y de géneros; teniendo en cuenta, que la participación política con enfoque de género debe garantizar tres elementos: inclusión, representación y paridad, es válido afirmar que en Colombia estamos en deuda con este tema, es decir, es una materia inconclusa.

La mujer transformadora: logro de espacios de participación

Según el Observatorio de Igualdad de Género de la CEPAL (2011) en el último período presidencial en América Latina, el porcentaje de las mujeres en gabinetes ministeriales es del 17.5%. En este sentido se podría señalar que, aunque los avances son representativos, aún quedan obstáculos por sortear. Y por ello es que precisamente cobra relevancia lo señalado por Rebeca Grynspan (UNDP 2009) con relación a que “la equidad de género no es un asunto de mujeres sino de desarrollo”.

De este modo, es importante mencionar lo consagrado en la Conferencia de Beijing (1995), en la que se reafirmó que «La participación igualitaria de la mujer en la adopción de decisiones no sólo es una exigencia básica de justicia o democracia, sino que puede considerarse una condición necesaria para que se tengan en cuenta los intereses de la mujer. Sin la participación activa de la mujer y la incorporación del punto de vista de la mujer a todos los niveles del proceso de adopción de decisiones no se podrán conseguir los objetivos de igualdad, desarrollo y paz«. 

Conclusión

Es preciso afirmar que las mujeres se enfrentan a diferentes obstáculos a la hora de participar en la vida política. Para el presente documento se han sintetizado algunas que se establecen en la Resolución aprobada por la Asamblea General el 19 de diciembre de 2011 [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/66/455 y Corr.1)] 66/130 [1]

  • Las barreras estructurales creadas por leyes e instituciones discriminatorias que siguen limitando las opciones que tienen las mujeres para votar o presentarse a elecciones.
  • Las brechas relativas a las capacidades que perpetúan la idea que la mujer tiene menor probabilidad que los hombres de contar con la educación, los contactos y los recursos necesarios para convertirse en líderes eficaces.

Por todo lo anterior, se afirma que es el momento de la Mujer en la política y de erradicar la desigualdad e inequidad en todos los escenarios desde una mirada de desarrollo integral y no solo como un tema de mujeres para mujeres, del cual se sientan excluidos los hombres y asuman indiferencias dañinas para el logro de un sistema paritario. Finalizo esta reflexión con una de las conclusiones que se establecieron en la Asamblea General de las Naciones Unidas en 2011, la cual, considero que devela y sintetiza la situación de las mujeres en la participación política/publica:

“las mujeres siguen estando marginadas en gran medida de la esfera política en todo el mundo, a menudo como resultado de leyes, prácticas, actitudes y estereotipos de género discriminatorios, bajos niveles de educación, falta de acceso a servicios de atención sanitaria, y debido a que la pobreza las afecta de manera desproporcionada”.

 


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